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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322931
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1831
MARCAS, CANCELACION DEL REGISTRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1831
De la circunstancia de que la Ley de la Propiedad Industrial reconozca a la Secretaría de la Economía Nacional, facultad para nulificar una marca ya registrada, no se puede inferir, jurídicamente, que pueda dicha secretaría hacerlo, sin seguir el procedimiento marcado por la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8324/48. Internacional Licorera, S. de R. L. de C. V. 2 de diciembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.