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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 64
ACTOS RECLAMADOS, EXISTENCIA DE LOS, NO SIEMPRE DAN LUGAR AL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 64
El que quede acreditada la existencia de los actos reclamados, no significa que deba concederse necesariamente el amparo solicitado, pues para ello se requieren la comprobación de las violaciones de garantías reclamadas y el derecho que sirva de base a la acción constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5900/44. García Damián. 2 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.