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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 345
PARCELAS ESCOLARES, DISPOSICIONES QUE NO SON APLICABLES EN RELACION CON LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 345
Los artículos 145, 146 y 147 del Código Agrario se refieren exclusivamente al funcionamiento del régimen ejidal, y no tienen aplicación en el caso de una parcela escolar, que queda sujeta a la disposición del artículo 186 del citado código, que hace de su explotación una excepción sujeta al reglamento conjunto de las Secretarías de Educación Pública y de Agricultura y Fomento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1832/44. Sánchez Victoriano y coagraviados.5 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.