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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323003
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 857
SENTENCIAS DE AMPARO EN MATERIA AGRARIA, CUMPLIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 857
Si la resolución del ciudadano presidente de la República, por la que se declaró procedente la ampliación de ejidos a un poblado, afecta nuevamente el predio del mismo agraviado a que se contrae la sentencia que concedió el amparo contra la dotación, no obstante que en concepto de esa sentencia ejecutoriada, dicho predio constituye una pequeña propiedad que debe ser respetada conforme a las leyes, no cabe duda sobre que tal resolución presidencial de ampliación de ejidos, en cuanto afecta al expresado predio del quejoso, desacata la repetida sentencia de amparo; por lo que debe declararse fundada la queja, revocándose, para los efectos legales correspondientes, la resolución recurrida en esta vía.
Precedentes
Tomo LXXXII, página 5320. Indice Alfabético. Queja 161/44. Roth Germán, Sr. 10 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Manuel Bartlett B.
Tomo LXXXII, página 857. Queja en amparo administrativo 149/44. Roth y Durán Germán Ignacio. 10 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Manuel Bartlett B.