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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323066
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2245
SERVICIO MILITAR, SUSPENSION IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE LA APLICACION DE LA LEY DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2245
Debe negarse la suspensión contra los actos de aplicación de la Ley del Servicio Militar, por ser ésta de orden público y no satisfacer el requisito consignado en la parte final del artículo 124 de la Ley de Amparo, toda vez que la ley citada, en su artículo 1o., establece que se declara obligatorio y de orden público el servicio de las armas para todos los mexicanos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7298/44. Huchim Ruz Pedro. 27 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.