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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2250
EXPROPIACION, PRUEBA DE LA AUTORIDAD PUBLICA EN LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2250
Aun cuando la sociedad tenga interés, por causa de utilidad pública, debe probarse la existencia de la utilidad social, en el expediente respectivo de expropiación, y sólo mediante esa justificación, es legal ocupar los bienes de propiedad privada, que sean necesarios para la colectividad, no siendo bastante la simple afirmación de la autoridad responsable, sin prueba alguna, respecto del interés social que se invoca.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3471/44. Carraro Ricardo y coagraviados. 27 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente. Manuel Bartlett Bautista. Relator: Octavio Mendoza González.