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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2926
MILITARES, PENSIONES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2926
La intención del legislador es clara en el sentido de incluir dentro de las prescripciones de la nueva Ley de Retiros y Pensiones Militares, los casos en que la pensión se solicite y tramite después del diez de mayo de mil novecientos cuarenta, aunque el fallecimiento del causante hubiere ocurrido durante la vigencia de la ley anterior, por lo que la aplicación de ésta, en casos como el mencionado, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4545/44. Quintanar Angel y coagraviados. 8 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.