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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3355
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, FACULTADES DE LAS (PRIVACION DE LA POSESION).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3355
En el juicio constitucional no se ventilan cuestiones de propiedad, sino única y exclusivamente las relativas a la posesión, por lo que el juzgador debe resolver si la posesión del quejoso fue acreditada y si las responsables son competentes para privarlo de ella y no hecho esto, la privación de la posesión por una autoridad administrativa, es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5987/44. Hernández Anastacio y coagraviados. 16 de noviembre de 1944. Mayoría de tres votos. Disidentes: Franco Carreño y Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.