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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4089
AUTOS DE ALQUILER, PRIVACION DE LAS PLACAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4089
Es indudable que entre las "demás condiciones en que debe prestarse el servicio público de transporte", a que alude el inciso H del artículo 50 del Reglamento al Servicio Público de Transporte de Pasajeros en el Distrito Federal, no quedó comprendida la omisión de la revista reglamentaria para la inspección del vehículo y, por tanto, dicha omisión no es motivo para rescindir las licencias otorgadas para dicho servicio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7515/44. Pimentel Ibarra Samuel. 27 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.