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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323140
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4182
EJIDOS, AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4182
El amparo es improcedente contra las resoluciones de la Oficina de la Pequeña Propiedad, que declara improcedentes las quejas por afectación de la pequeña propiedad.
Precedentes
Tomo LXXXII, página 5013. Indice Alfabético. Amparo 5269/44. Casares Martínez de Arredondo José. 29 de noviembre de 1944. Unanimidad cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.
Tomo LXXXII, página 5013. Indice Alfabético. Amparo 5235/44. Canto de Sobrino Esperanza y coagraviados. 29 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.
Tomo LXXXII, página 4182. Amparo administrativo en revisión 5223/44. Salazar Flores Joaquín, sucesión de. 29 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.