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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4321
CANTINAS, ORDEN DE TRASLADO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4321
Los actos de clausura y traslado de una cantina, son jurídicamente distintos y por tanto no puede admitirse que la primera será consecuencia forzosa de la negativa a verificar el cambio, razón por la que debe sobreseerse en el amparo que se pida contra la orden de traslado y en el que se diga que el no cumplimiento de éste, traería como consecuencia forzosa la clausura.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8190/44. Sánchez Suero Julián. 4 de diciembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.