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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323157
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4359
CONSEJO NAVAL, DECRETO QUE LO CREO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4359
El decreto que creó el Consejo Naval, no es referente a la suspensión de garantías ni puede tenerse como una ley de emergencia, ya que no aparece basado en las facultades extraordinarias concedidas al efecto, ni de su parte considerativa, resulta que se haya expedido por causa de la situación especial por la que atravesaba el país cuando se expidió.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7507/44. Valdés Velázquez Carlos R. 4 de diciembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.