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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4748
TRIBUNAL FISCAL, PRUEBAS ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4748
No habiéndose demostrado que la autoridad fiscal civil se negara a admitir una prueba o que el actor no hubiese tenido oportunidad jurídica de presentarla, esa prueba no puede tomarse en cuenta.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8721/41. Solana Villasante Secundino G. 8 de diciembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.