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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323212
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 439
ACTOS RECLAMADOS, FUNDACION Y MOTIVACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 439
Las autoridades responsables no están facultadas para corregir en los informes con justificación, las violaciones constitucionales que cometan al dictar los actos reclamados, por lo que en el juicio de amparo, el acto debe juzgarse tal como fue emitido, pues de admitirse las modificaciones que se le hagan en el informe con justificación, importaría privar al quejoso de toda posibilidad de defensa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7124/43. Cooperativa de Producción "Salineros de Punta Arena" S. C. L. 7 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.