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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323219
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 546
TRIBUNAL FISCAL, PERSONALIDAD EN EL PROCEDIMIENTO ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 546
Si la demanda presentada por los quejosos ante el Tribunal Fiscal, fue admitida por el Magistrado semanero y las autoridades demandadas, al dar contestación a esa demanda, no opusieron excepción alguna de falta de personalidad, ni desconocieron el carácter con que ocurrieron al juicio de oposición los quejosos, es claro que habiéndose reconocido la personalidad desde el acuerdo que admitió la demanda de oposición y no habiendo opuesto las responsables, como excepción, la falta de aquella personalidad, el aludido Tribunal Fiscal ya no tenía facultades para tocar esa materia posteriormente, pues equivaldría a salirse de la litis planteada por las partes, y ya se ha dicho en ejecutoria anterior, que "La cuestión de personalidad del actor en un juicio ante el Tribunal Fiscal, debe ser examinada a la presentación de la demanda, en cumplimiento de lo que previene el artículo 35 de la Ley de Justicia Fiscal, ya derogada, concordante con el artículo 184 del Código Fiscal de la Federación; pero una vez admitida, dicho tribunal no tiene facultades para volver a tocarla, sino cuando las partes la impugnen por vía de excepción, al tenor del artículo 38 de la misma Ley de Justicia Fiscal, sustituido ahora por el 185, inciso a), del referido código, que es análogo al anterior derogado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2458/44. Caram Nagib y coags. 10 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.