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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323225
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 658
MULTAS, EL PAGO DE LAS, NO SIGNIFICA SU CONSENTIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 658
Tratándose de la imposición o cobro de multas por autoridades administrativas, no puede estimarse que los afectados consientan tales actos, por el hecho de hacer el pago de las cantidades que se les cobran, con el objeto de evitarse las molestias consiguientes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2533/44. Chavaili Emilio. 11 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.