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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
323240
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 947

TERCERO PERJUDICADO EN EL AMPARO, NO DEBE RECURRIRSE EN QUEJA EL AUTO QUE ADMITE A ALGUIEN CON ESE CARACTER.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 947

Precedentes

Tomo LXXXI, página 6697. Indice Alfabético. Queja 496/44. Soto viuda de Martínez Isabel. 21 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. Ponente: Octavio Mendoza González. Tomo LXXXI, página 947. Queja en amparo administrativo 60/42. Terrazas Jesús. 13 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.
Registro digital (IUS): 323240