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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1219
DESOCUPACION DE LAS FINCAS ANTIHIGIENICAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1219
Es jurídica la apreciación del inferior en su fallo, porque sus consideraciones se apoyan en que su prueba de inspección no acredita las condiciones de habitabilidad e higiene de una finca, para lo que se habría requerido dictamen pericial; porque la simple fe judicial no constituye prueba bastante en derecho, para admitir que una nueva construcción reúna condiciones sanitarias, porque la inspección recayó sobre una cuestión técnica no correspondiente a las funciones del juzgado, pudiendo en cambio haberse rendido otro género de probanzas, tales como el permiso y aprobación de lo construido, por las autoridades sanitarias.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3290/44. Bacerot de Garza Evangelina. 17 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.