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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
323257
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1414

IMPUESTO PREDIAL URBANO, NO AFECTA A INMUEBLES DEL PATRIMONIO FAMILIAR (LEGISLACION DE CAMPECHE).

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1414

Precedentes

Tomo LXXXI, página 6355. Indice Alfabético. Amparo en revisión 958/44. Herrera de E. Flora. 21 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González. Tomo LXXXI, página 1414. Amparo administrativo en revisión 635/44. Quijano Ortiz Tomás. 21 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 754, tesis 426, de rubro "IMPUESTO PREDIAL, EL PATRIMONIO FAMILIAR NO ESTA EXENTO DEL.".
Registro digital (IUS): 323257