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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1982
IMPUESTO PREDIAL ( LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1982
El artículo 35 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal que fija una vigencia de tres años al cálculo del impuesto sobre la base de rentas, se refiere a los casos de fijación definitiva del impuesto y no a los que se contraen a predios cuya renta se manifiesta incorrectamente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2718/44. Perches de Díaz Garza Etelvina. 27 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.