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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323310
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2607
AGUAS, AFECTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2607
Si las aguas cuyo uso se reclama en amparo, sólo se afectaron como accesión de las tierras afectadas, y si esta Suprema Corte ha resuelto que es indebida la afectación de esas tierras, como quiera que lo accesorio sigue la suerte de lo principal, es indudable que la afectación accesoria de esas aguas, también resulta violatoria de garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5282/42. Díaz Ceballos Angelina y coag. 2 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.