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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2607
AMPARO EN MATERIA AGRARIA, CASOS EN QUE ES PROCEDENTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2607
No tiene aplicación la fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal, que prescribe el juicio de garantías contra resoluciones dotatorias o restitutorias de tierras y aguas, cuando no se reclama una resolución presidencial dotatoria de ejidos y aguas, a algún poblado, por la que se afectan pequeñas propiedades; sino el acuerdo del Departamento Agrario, para que sean compensadas las partes afectadas, negándose a ejecutar la resolución presidencial, que declara que son inafectables ciertas tierras y aguas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5282/42. Díaz Ceballos Angelina y coag. 2 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.