Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/323333
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2858
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, EXHIBICION DE LA CONTABILIDAD PARA CALIFICAR EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2858
De acuerdo con los artículos 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 123 de su reglamento, debe entenderse que los causantes tienen obligación de presentar su contabilidad y documentación respectiva, ante la junta calificadora y no que ésta sea la que debe obtener la comprobación de los datos de dicha contabilidad mediante inspecciones en los despachos de los interesados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2854/44. Casas. S. A. 7 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Franco Carreño no intervino en la votación de este asunto. La publicación no menciona el nombre del ponente.