Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/323353
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
323353
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3126

CORREO, LA DEMANDA DE AMPARO DEPOSITADA EN EL, NO INTERRUMPE EL TERMINO PARA SU INTERPOSICION.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3126

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó por extemporánea la demanda 516/44. Pastén Romero Manuel. 10 de agosto de 1944. Mayoría de tres votos. Ausente: Franco Carreño. Disidente: Nicéforo Guerrero. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.
Registro digital (IUS): 323353