Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/323363
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323363
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3321
AGUAS, LA PRUEBA DE INSPECCION OCULAR NO DEMUESTRA LA FALTA DE SERVICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3321
La inspección ocular practicada por el Juez de Distrito, no es una prueba útil, para admitir que en el periodo que comprende la liquidación final del adeudo por concepto de aguas, no haya existido ese servicio de aguas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5460/43. Pérez Othón. 14 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.