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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3326
AMPARO, CUANDO FALTA EL ELEMENTO QUE DEBE INTEGRAR LA ACCION EN EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3326
La simple mención del artículo 14 de la Constitución Federal, sin que se exprese el derecho que se conceptúe violado, no puede estimarse constitutivo del elemento que debe integrar la acción en el juicio de amparo, ya que son múltiples los derechos que la propia regla concede, tales como la exigencia del juicio, la observancia de las formalidades esenciales de todo procedimiento, la aplicación exacta de la ley, etcétera, no pudiendo desprenderse con claridad, en el caso, de lo que expone el quejoso, si se reclama que la Sala responsable haya omitido calificar las pruebas que rindió el promovente, si hizo una ilegal apreciación de ellas y por qué motivo y en qué otra violación incurrió.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4544/44. Cruz González Rafael. 14 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.