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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
323369
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3352

TIMBRE, LA DEVOLUCION DE CANTIDADES PAGADAS DE MAS, CON MOTIVO DE CONTRATOS CELEBRADOS ANTE NOTARIO, NO DEBE SER SOLICITADA POR ESTE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3352

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 4260/44. Núñez Genaro. 14 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 323369