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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323405
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4037
MULTAS POR NO RENDIR EL INFORME JUSTIFICADO, CUANDO NO SE IMPONE, CON ELLO NO SE LESIONAN DERECHOS DEL QUEJOSO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4037
El hecho de que el inferior no haya aplicado a la responsable la sanción que establece el artículo 149 de la Ley de Amparo, por no haber rendido su informe con justificación, no lesiona ningún derecho del quejoso, ya que se entiende por agravio, la lesión que una resolución infiere al derecho de una persona, ya sea por falta de aplicación de las leyes que rigen el acto, o porque se hayan aplicado inexactamente
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4907/44. Orozco José y coag. 23 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.