Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/323412
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4141
SOBRESEIMIENTO, ESTUDIO DE OFICIO DE LA LEGALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4141
La Segunda Sala de la Suprema Corte ha sostenido reiteradamente el criterio de que aunque no se ataquen en el escrito de agravios las razones en que se fundó el inferior, al sobreseer en el juicio, como las causas de improcedencia son de orden público, debe estudiarse de oficio la legalidad del sobreseimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7961/41. Flores Martín del Campo José de Jesús y coag. 24 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Franco Carreño.