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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4238
COMISARIADOS EJIDALES, AMPARO PEDIDO POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4238
La fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal, se contrae a los propietarios de tierras o aguas afectados con resoluciones dotatorias o restitutorias de ejidos o aguas, que se hubieren dictado en favor de los pueblos; pero dicha disposición no puede aplicarse restringiendo el juicio constitucional a los comisariados ejidales, cuando se les despoja de las tierras que les han sido entregadas en posesión definitiva.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8724/42. Comisariado Ejidal de Atotonilco de Tula, Hidalgo. 24 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.