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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4474
EXPROPIACION, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4474
Habiéndose negado a la parte quejosa la suspensión, al interponer el recurso de revisión en contra del fallo del inferior, estima que se le agravia, porque no se tomó en cuenta la fracción III del artículo 124 de la Ley de Amparo, supuesto que no se hace consideración alguna respecto a los perjuicios irreparables, así como al daño que se le causa con la ejecución del acto reclamado consistente en el lanzamiento de los ocupantes del inmueble que pretende expropiarse y demolerse; pero debe decirse que tal argumentación no es procedente, toda vez que la suspensión en el juicio de garantías, cuando se trata de actos que afectan al interés general y contravienen disposiciones de orden público, se rige por la fracción II del artículo 124 del ordenamiento citado, y faltando la condición que ella establece, no puede decirse que concurran los requisitos legales para su otorgamiento, tanto más, cuanto que en el caso el interés general debe sobreponerse al particular, porque consta que se ha seguido un procedimiento expropiatorio fundado en ley por medio del cual se persigue la satisfacción de un beneficio social, lo que da margen a que se estime que el asunto tiene las características de interés general; por lo que debe confirmarse la interlocutoria que niega la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4682/44. González Requejo Martín. 28 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.