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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4589
TRIBUNAL FISCAL, NOTIFICACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4589
Se desprende del artículo 112 del Código Federal de Procedimientos Civiles, derogado, aplicable cuando ocurrió el hecho a estudio, que cuando se designa lugar para oír notificaciones y al cambiar éste no se hace saberlo al tribunal, se está en el caso de notificar por cédula en estrados al ser devuelta la comunicación enviada por correo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2013/44. "Fausto Gutiérrez", sucesores. 29 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.