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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4681
COMISARIADOS EJIDALES, REMOCION DE LOS MIEMBROS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4681
Si la Dirección General de Organización Agraria Ejidal, manifestó en sus informes con justificación, que destituyó al quejoso de su cargo de presidente del comisariado ejidal respectivo, con apoyo en el párrafo final del artículo 354 del Código Agrario; debe decirse que esta disposición legal no faculta a esa autoridad, para decretar tal destitución, ya que ni siquiera la señala como autoridad que deba de intervenir en esta clase de asuntos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3433/44. Villarauz Joaquín. 30 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.