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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323458
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4929
VIOLACIONES, BASE DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4929
Las violaciones no alegadas en la demanda de amparo, no pueden ser estudiadas en la revisión, pues se privaría a la autoridad responsable del derecho que le asiste para rebatir los argumentos de la parte quejosa, y se resolvería sobre cuestiones que no fueron parte de la litis.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3221/44. Lindeluis Lars. 4 de septiembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.