Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/323480
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323480
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5246
SUPERPROVECHO, AMPARO PROCEDENTE TRATANDOSE DE LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5246
El artículo 2o. del decreto de emergencia, de treinta de junio de mil novecientos cuarenta y tres, no puede referirse sino a aquellos juicios en que se discuta que no pudo causarse en términos absolutos, el impuesto del superprovecho en el año de mil novecientos cuarenta y uno, o en otros términos, que éste impuesto no existió ya en el año mencionado. Por tanto, los juicios en que se controvierten las bases de la liquidación del mismo impuesto, no quedan comprendidos en el artículo de que se trata, por lo que es indebido sobreseer con base en él; y como en el caso la parte quejosa ha impugnado no su carácter de causante del impuesto del superprovecho por el año de mil novecientos cuarenta y uno, sino las bases sobre las que se hizo la liquidación del mismo, debe estimarse que no se está dentro de lo que marca el susodicho artículo 2o., por lo que procede revocar el sobreseimiento dictado en primera instancia y entrar al estudio del fondo del asunto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3309/44. "Scott and Williams Company of Mexico". 7 de septiembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Nicéforo Guerrero.