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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5576
PRUEBA PERICIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5576
Si el Juez de Distrito dicta un acuerdo haciendo saber a las partes la aceptación de la prueba pericial ofrecida por una de ellas, y remite una copia del cuestionario a las autoridades responsables, quienes quedaron debidamente notificadas y, a su vez, presentaron un pliego de preguntas para que a su tenor fueren examinados los peritos, hay que convenir en que si la autoridad responsable en vez de designar un perito de su parte, como tenía derecho a hacerlo, se concretó a enviar las preguntas, esto no entraña desconocimiento por parte del Juez, de los derechos de que no hizo uso la repetida autoridad responsable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9510/43. Compañía Mexicana de Luz Eléctrica, S. A. 13 septiembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.