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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323518
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5919
RESTAURANTES, RETIRO DE LA VENTA DE VINOS Y LICORES EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5919
Si las responsables se negaron a reducir la cuota asignada al restaurante cabaret del quejoso, apoyándose en que en dicho negocio se expenden vinos y licores como habiendo dado aviso de baja de la venta de dichos productos, el demandante, se deduce que se le priva del derecho de expender los artículos que le convengan, al no admitírsele dicho aviso de baja de la venta de vinos y licores; pues si el jurado de revisión se fundó para confirmar la cuota en el informe de la Oficina sobre Actividades Mercantiles e Industriales, del que aparece que un inspector encontró algunas botellas vacías de licores, debe decirse que este hecho, además de no estar comprobado en autos, porque no se recibió anexo al expediente que se decía remitido con el informe justificado, no acredita tampoco que el quejoso haya estado efectuando la venta de vinos y licores, supuesto que no se sorprendió el hecho mismo de esa venta, pero aun admitido, ello habría dado margen para la imposición de las sanciones correspondientes a la infracción que por tal medio resultare cometida, pero no así a la negativa para aceptar el aviso de baja en la venta de vinos y licores.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6049/44. Pulido Pulido Rafael. 25 de septiembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.