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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 229
INFORME JUSTIFICADO, RECIBIDO EXTEMPORANEAMENTE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 229
Si el informe rendido por una de las autoridades responsables, se recibió en el Juzgado de Distrito después de las diez horas del día señalado para la audiencia de derecho, que tuvo celebración a las nueve horas y quince minutos, es correcta la consideración en el sentido de que no debió ser tomado en cuenta tal informe por ser extemporáneo, y debe concederse la protección federal, si los actos que se reclaman, son en sí mismos violatorios de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6361/43. "Agentes de Publicaciones a bordo de los Ferrocarriles". 4 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.