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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 585
CONGELACION DE PRECIOS, MULTAS POR INFRACCION AL DECRETO PRESIDENCIAL QUE AL DECRETO RESPECTO DE DIVERSOS ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 585
Si se reclaman las multas impuestas a los quejosos, por infracción al decreto presidencial de diecisiete de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres, que congeló los precios de diversos artículos de primera necesidad, tales sanciones deben estimarse inconstitucionales, si no se hizo constar en un acta levantada en presencia de dos testigos, y con intervención del quejoso, la infracción a los precios fijados por la Secretaría de la Economía Nacional y sólo existen actas de diligencias practicadas posteriormente y en lugar distinto, sobre hechos que no son precisamente los constitutivos de la infracción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 538/44. Campuzano Francisco Jr. y coagraviados. 14 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.