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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323592
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1521
COOPERACION PARA OBRAS PUBLICAS EN EL ESTADO DE TLAXCALA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1521
Si se reclama el carácter prohibitivo de la Ley de Cooperación para Obras Públicas en el Estado de Tlaxcala, argumentándose que ella sólo tendría existencia hasta que sea cubierta la cooperación ordenada, en cuyo instante dejará de tener aplicación; debe decirse que no existe este motivo de inconstitucionalidad, porque de los artículos que en el ordenamiento se contienen y de la exposición de motivos que la fundamentan, puede advertirse que no fue dictado contra personas individualmente determinadas, sino que en general afecta a todos los habitantes del Estado, y en el caso especial, a los dueños o poseedores de predios que resulten beneficiados con las obras que se efectúen, las que tampoco con las únicas y determinadas por la ley, sino en general, las que demanda el desenvolvimiento del Estado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6868/42. Lima Gregorio y coagraviados. 25 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.