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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1626
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, EL DEPARTAMENTO DEL, NO ESTA OBLIGADO A REQUERIR A LOS CAUSANTES QUE EXHIBAN DOCUMENTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1626
La oficina fiscal, no está obligada a solicitar comprobación alguna que corresponda presentar a los causantes, para justificar su petición de que se les declare exentos de un impuesto, porque la ley no la obliga a ello, ni entra, como es notorio, dentro de sus funciones, solicitar tales documentos. La autoridad, en todo caso, debe pedir documentos "aclaratorios", cuando los presentados sean oscuros o deficientes, pero no documentos primarios y esenciales para la justificación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1383/44. Sierra de la Riva Ramón. 26 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Gabino Fraga.