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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323612
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1661
PRUEBAS TESTIMONIAL O PERICIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1661
Entre el anuncio de las pruebas testimonial o pericial y la fecha señalada para la audiencia, deben mediar cinco días hábiles, naturales y completos, excluyéndose del cómputo los días del anuncio y de la audiencia; de manera que si no median esos cinco días hábiles entre el anuncio de las pruebas de que se trata y la fecha fijada para la audiencia, por haber sido domingo uno de ellos, deben ser desechadas dichas pruebas por extemporáneas.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 98/44. Montiel Aristarco. 26 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Gabino Fraga.