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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323669
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2829
MULTAS MENORES DE CIEN PESOS, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2829
Tratándose de una sanción pecuniaria que no llega a la suma de cien pesos, impuesta por una Oficina Federal de Hacienda, previamente al amparo, debe agotarse el recurso de revisión ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con el primer párrafo del artículo 27 del Código Fiscal, medio de defensa que suspende los efectos de tal acto con los mismos requisitos que al efecto señala la fracción XV del artículo 73 de la ley de la materia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 10152/43. Sánchez Almaguer Manuel. 6 de junio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.