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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4407
SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4407
Debe sobreseerse en el amparo solicitado contra la resolución que declaró improcedente la petición del quejoso, para que fuera exceptuado del servicio militar obligatorio, porque estableciendo la ley de la materia que ese servicio es de un año, transcurrido ese lapso, es claro que ya concluyó su servicio que es lo que constituye el acto reclamado, y por consiguiente, los efectos del amparo que se le pudiera conceder no podrían ser para que fuera eximido de un servicio que ya prestó, esto es, se trata de un acto irreparablemente consumado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7484/43. Flores Alemán Narciso Benito. 28 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.