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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323778
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 173
VINOS Y LICORES, EXISTENCIA DEL PERMISO PARA LA VENTA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 173
Si entre las pruebas que la promovente ofreció, se encuentra cierta acta que se refiere a una visita, practicada por inspectores de la Oficina de Alcoholes, dependientes del Departamento del Distrito Federal, con tal documento queda evidenciado que si dicho promovente no exhibió la licencia respectiva para el funcionamiento de su negocio de venta de vinos y licores, tal circunstancia no significa que el mismo esté funcionando al margen de la ley, ya que de tal acta se desprende que la Oficina de Alcoholes mencionados, tenía conocimiento de la existencia de ese comercio y autorizaba su funcionamiento, por que si no fuera así, la propia oficina no habría ordenado a los citados inspectores de la práctica de la visita llevada a cabo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4514/43. Gómez Cañizo María del Carmen. 6 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista.