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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
323782
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 286

AUTORIDADES RESPONSABLES, DEBEN FUNDAR SUS RESOLUCIONES.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 286

Precedentes

Queja en amparo administrativo 611/43. Peniche Léger Efraín. 7 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 636, jurisprudencia 373/85, bajo el rubro "FUNDAMENTACION Y MOTIVACIÓN."
Registro digital (IUS): 323782