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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323793
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 717
PERMISO DE RUTA, CANCELACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 717
Tratándose de una orden de cancelación de permisos de ruta, la suspensión es procedente cuando no existe constancia alguna de autos, que acredite, por una parte, la existencia de una causa de orden público que justifique las medidas tomadas en contra de los permisionarios, y por otra, que haya quedado consumada la orden de suspensión del servicio prestado por los mismos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 9477/43. González Teodoro Alonso y coagraviados. 12 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.