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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323807
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 953
HERENCIAS Y LEGADOS, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE CONTRA LA LIQUIDACION DE IMPUESTOS A LOS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 953
Para que sea modificada o reformada la liquidación del impuesto de herencias y legados, que corresponde al fisco del Estado de Veracruz, debe agotarse previamente al amparo, el medio de defensa que tiene el representante de la sucesión, de acuerdo con el artículo 37 de la General de Hacienda del Estado de Veracruz, de veintiocho de diciembre de mil novecientos veintiséis, que estatuye que, una vez que sean aprobadas judicialmente, el inventario y el avalúo de los bienes de una sucesión, el representante de la hacienda pública hará la liquidación de lo que a cada heredero o legatario, corresponda pagar, dándose vista al albacea o representante de la sucesión, lo mismo que al empleado fiscal, para que, en el término de cinco días, contados desde la fecha en que se les notificó, manifiesten su conformidad o hagan las observaciones que les convengan; en el concepto de que, pasado ese término, no se admitirá ninguna observación. Agrega el precepto, que dicha liquidación en todo caso, y con las observaciones del interesado o del empleado fiscal si las hubiere, será sometida por el representante de la hacienda pública y por los conductos legales, a la consideración del Ejecutivo para que la apruebe o reforme, según corresponda.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7547/43. Morales Remigio, sucesión de. 17 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.