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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323866
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2052
DEMOLICION ORDENADA POR AUTORIDADES MUNICIPALES, FALTA DE FUNDAMENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2052
El presidente municipal responsable, carece de facultad y competencia para dictar, por sí y ante sí, fuera de todo procedimiento, la orden para que se proceda a destruir un portal, parte de una casa, cuya posesión pertenece a la quejosa, y siendo esa orden inconstitucional, lo es también la ejecución de la misma; y el simple informe sobre que la construcción mencionada invade la vía pública, que la responsable trató de comprobar con unas fotografías, no es prueba adecuada para acreditar ese hecho, por más que aparezca que los aleros sobresalen a la calle, circunstancia que no acreditaría, en todo caso, más que un defecto de alineamiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5303/43. Olvera viuda de Campillo Carmen. 28 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.