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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 323880
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2193
RUTA, PERMISOS PROVISIONALES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2193
El artículo 156 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en lo absoluto se refiere a permisos provisionales de ruta, siendo el artículo 83 del Reglamento de Tránsito para Caminos Federales, el que, en sus cinco fracciones, establece cuáles son de esta clase de permisos, y en ninguno de ellos queda comprendida la autorización que se otorgó al quejoso, con respecto a la ampliación de un permiso de ruta.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5584/43. Romero Ríos Perfecto. 31 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.